Micelio
Auto2 de febrero de 2022

A- de 2022

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Custodio Manuel Cervantes Bolano

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda De Inconstitucionalidad
  • Inexistencia de argumentación, razonamiento o motivación
Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda
  • Demandante debe efectuar razonamiento mínimo para constatar yerro o arbitrariedad
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda se rechazó porque en el escrito de corrección persistieron las deficiencias que llevaron a su inadmisión.

La Sala Plena de la Corporación evidenció la falta de carga argumentativa del recurso impetrado y, por ello decidió RECHAZARLO.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (22 puntos)
  1. PRIMERO. RECHAZAR, por falta de carga argumentativa, el recurso de súplica presentado contra el Auto del 16 de noviembre de 2021, que rechazó la demanda de inconstitucionalidad formulada por el ciudadano Custodio Manuel Cervantes Bolaño contra los literales a y d del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011, "por medio de la cual se escinden unos Ministerios, se otorgan precisas facultades extraordinarias al Presidente de la República para modificar la estructura de la Administración Pública y la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones", dentro del expediente con número de radicación D-14446, por las razones expuestas en este pronunciamiento.
  2. SEGUNDO. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
  3. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  4. Presidente
  5. DIANA FAJARDO RIVERA
  6. Magistrada
  7. JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
  8. Magistrado
  9. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  10. Magistrado
  11. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  12. Magistrada
  13. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
  14. Magistrada
  15. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  16. Magistrada
  17. JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS
  18. Magistrado
  19. No firma
  20. ALBERTO ROJAS RÍOS
  21. Magistrado
  22. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.